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viernes, 25 de febrero de 2011

Análisis de la introducción de “Argumentación judicial: construcción, reconstrucción y evaluación de argumentaciones orales y escritas”


Materia: Teoría de la argumentación jurídica.
Libros empleados: Argumentación judicial: construcción, reconstrucción y evaluación de argumentaciones orales y escritas” páginas 5-8. Pablo Raúl Bonorino. Jairo Iván Peña Ayazo. Segunda edición. Bogotá. Consejo superior de la judicatura. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. Plan anual de formación y capacitación de la rama judicial.
Fuentes: Notas de clases.

Análisis de la introducción de “Argumentación judicial: construcción, reconstrucción y evaluación de argumentaciones orales y escritas
Andrea A. Ariza L.

Como juristas tenemos la necesidad persistente de apelar a “el conocimiento del derecho y la habilidad para argumentar”[1] , el primero naturalmente, se adquiere por la educación y el segundo supone un acto de complejidad mayor. Esta necesidad es propia del ejercicio de la profesión y deviene de la responsabilidad de resolver controversias jurídicas. Luego entonces, la argumentación como se mencionó antes constituye una de las armas para enfrentarnos a los desafíos planteados en el ejercicio profesional y conviene saber sus peculiaridades antes de emplearla y en especial lo que concierne al estudio del razonamiento jurídico.
Existe bien una diversidad de argumentos jurídicos y el razonamiento jurídico como tal, solo es uno de ellos. Este debe tener como características principales el ser expreso y su grado de estructuración. Y en esa medida vendrían siendo, las razones que dan los jueces en sus sentencias.
En ese orden de idea lo que el texto propone es que a partir del estudio de la lógica, podemos como juristas mejorar nuestra labor en la elaboración, presentación y evaluación de los razonamientos jurídicos. Dado que la lógica nos permitiría tener una guía en la valoración de pruebas o simplemente saber si lo que sostiene alguna de las partes resulta ilógico. Sin embargo el desafío aquí está en el hecho de que, no se apelaran a fórmulas o bien se tratara de evitarlas, pero a la vez el mismo texto dice que en determinado momento se tendrá que apelar a ellas.
Luego entonces, podemos concluir que la introducción de este escrito plantea el estudio de un tipo de argumentos llamados razonamientos jurídicos. Que parecen ser las razones que profieren sus jueces en sus sentencias y que para el estudio de los mismos se utilizara como herramienta a la lógica, evitando lo más posible caer en el uso indiscriminado de fórmulas.


[1]Argumentación judicial: construcción, reconstrucción y evaluación de argumentaciones orales y escritas” página 5. Pablo Raúl Bonorino. Jairo Iván Peña Ayazo. Segunda edición. Bogotá. Consejo superior de la judicatura. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. Plan anual de formación y capacitación de la rama judicial.

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